Por
Victor Manuel Gutiérrez Sánchez
Entre los
asuntos públicos existen diversos aspectos en que las sociedades resuelven sus
problemas y satisfacen sus necesidades. Los procesos sociales que suceden en
las ciudades, traen como resultado una serie de dinámicas que condicionan
desarrollo urbano, por las características de sus reglas de convivencia,
competitividad y normatividad. A este conjunto de acciones conjuntas encaminadas
a establecer guías de planeación, normatividad y construcción donde el gobierno
interactúa con la sociedad para determinar la forma urbana, se les denomina
políticas urbanas.
La política
urbana se ocupa de asuntos sociopolíticos en un ámbito eminentemente
territorial, y tiene que ver con la gestión del cambio urbano, esto es, una
actividad estatal que busca influir en la distribución y operación de procesos
de inversión y consumo del entorno construido.
Entre las
transformaciones que la estructura espacial de las metrópolis presentan, con
motivo de la creación de nuevos centros urbanos en una tendencia hacia la
dispersión urbana, destacan los grandes centros comerciales localizados en la
periferia de la ciudad, conectados a las grandes vialidades de la ciudad,
además de parques tecnológicos y logísticos, se identifica la creación de
barrios cerrados, destinados éstos últimos a cumplir la función de zona de
residencia y recreo de los grupos sociales de mayores ingresos. Como resultado
de políticas urbanas las diversas acciones emprendidas en un sentido particular
bien definido, podemos ejemplificar la creación de zonas comerciales, la
construcción de redes viales, la definición de áreas de equipamiento, o bien, la
definición de espacios habitacionales definidos por su delimitación física,
cerrada al resto de la ciudad y encerrada en sí misma, y su forma de
organización interna, variante en sus niveles de autonomía y autogestión, y a
este tipo de espacios se les conoce como urbanizaciones cerradas.
Una de las
primeras interrogantes que surgen en torno a este fenómeno urbano, tiene que
ver con qué tipo de estructuras político administrativas existen o deberían de
existir, cuando el habitante es dueño o co-dueño del espacio público y por lo
tanto, corresponsable del mismo.
La acción colectiva denota una transformación profunda
de la lógica y de los procesos que cruzan a las sociedades complejas, así como
el surgimiento de nuevas formas de poder, donde el Estado “retrocede” dejando
asuntos de índole pública (seguridad, mantenimiento de espacios públicos,
servicios públicos) en manos de privados.
Por supuesto
que cada quién tiene derecho a vivir como mejor le parezca, pero este análisis
busca cuestionar lo que pasa cuando esa elección afecta colectivamente a los
habitantes de la ciudad, y hasta que punto la planeación del desarrollo urbano
puede y debe permitir la proliferación de este tipo de urbanizaciones, antes de
llegar a una ciudad conformada por entidades aisladas y fortificadas, -con un
habitante hipotéticamente indiferente a las condiciones de vida fuera de su
enclave y, por lo tanto a los asuntos políticos más allá de los límites de su
interés particular-, con un alto porcentaje de los servicios públicos manejados
por la iniciativa privada y una autoridad municipal cada vez más dispuesta a
ceder sus responsabilidades y atribuciones en manos de los ciudadanos.
Las
urbanizaciones cerradas son un fenómeno en expansión en la ciudad de San Luis
Potosí, que no sólo se trata de una manifestación asociada a altos niveles
socioeconómicos –ya se observan condominios de interés social-, y que es un
asunto que no ha sido considerado con la suficiente profundidad por las
autoridades del desarrollo urbano, como consta la normatividad y práctica
institucional con atribuciones y responsabilidades relativas a este asunto.
No se
pretende argumentar a favor o en contra de la creación de urbanizaciones
cerradas en San Luis Potosí, sino de señalar los impactos que desde el punto de
vista urbanístico y sociológico tienen sobre el desarrollo urbano. Ello con la
intención que los actores involucrados en estos desarrollos tomen decisiones de
manera informada, consciente y responsable de la transformación que están
generando al futuro de la ciudad. También se pretende ofrecer información
relevante para la creación de políticas públicas de planeación urbana, que
establezcan acotaciones de zona y límites cuantitativos a la generación de
nuevas zonas de urbanización en esquema cerrado, en función de su integración
armoniosa y congruente con los usos de suelo vigentes en la localidad.
Uno
de los principales instrumentos para la regulación interna de los
fraccionamientos habitacionales cerrados es la gestión integral –diseño,
implementación y seguimiento– de un reglamento interno donde se establezcan con
claridad las condiciones de convivencia interna e interacción con las
autoridades gubernamentales competentes a los servicios públicos que se prestan
al interior del fraccionamiento. Mientras este instrumento sea visto como un
factor de plusvalía mercadológica y no como una normatividad deseable al
interior del fraccionamiento, gestionada y consensuada por todos los actores
involucrados, y mientras no sea un requisito indispensable para todos los
fraccionamientos habitacionales cerrados de cualquier índole, seguirán
existiendo vacíos en la práctica de un ejercicio comunitario del derecho a
vivir bien, en armonía y en cumplimiento de los estatutos legales
preestablecidos para estos fines.
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